Jaime Esponda – Desafíos de las migraciones internacionales

Para aunar voluntades, es muy importante generar también, en las distintas regiones y a nivel mundial, criterios solidarios de gestión común de las migraciones, que incluyan el aspecto financiero y permitan ofrecer a los migrantes posibilidades de ejercicio homogéneo de sus derechos sociales.

  1. Al adoptarse la Agenda 2030, en 2015, fue incorporado por vez primera a las políticas de desarrollo mundial el fenómeno migratorio, en particular, la situación de los trabajadores migrantes (Objetivo de Desarrollo Sostenible, ODS 8), la lucha contra la trata de personas (ODS 16) y la necesidad de “facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas” (ODS 10.7). En cuanto se relaciona con los migrantes económicos, que constituye la mayoría,  siguiendo las directrices de la OIT, con enfoque de derechos, se pone énfasis en la protección de los derechos laborales y el trabajo seguro y decente.
  2. Este consenso internacional choca, sin embargo con una realidad actual que se caracteriza por una crisis de la gobernabilidad de las migraciones que afecta los derechos humanos de los migrantes. Las migraciones, fenómeno permanente en la historia de la humanidad que en la postguerra se convirtió en un asunto de carácter humanitario, han adquirido en el siglo actual una alta relevancia política. Sin embargo, aunque las crisis políticas, por ejemplo en Siria, han provocado una explosión de desplazados que alcanza cantidades record, los factores económicos continúan siendo la causa principal de unos flujos migratorios internacionales que continuarán creciendo, en el conjunto de los cuales se hace difícil aplicar la distinción entre migrantes y refugiados, debido a que consuetudinariamente se han ido ampliando las causas que permiten la concesión del asilo[1].
  3. Paradójicamente, lo que tantos gobiernos perciben como “problema” es calificado por los estudios más serios como factor que favorece crecientemente el desarrollo económico, social y cultural de los países, debido fundamentalmente al envejecimiento de las poblaciones y la reducción de las fuerzas laborales. Paradójicamente también, si el tráfico ilícito de migrantes ha aumentado es, en parte, debido a la demanda real de trabajo en los países de acogida. Y aunque la opinión pública puede estar convencida que el destino principal de los migrantes se encuentra en Europa o los Estados Unidos, lo cierto es que a los países desarrollados solo accede una minoría de aquellos. Ciertamente, que la cantidad de desplazados forzosos en Europa haya puesto en jaque el denominado “espacio Schengen”[2] y alentado la xenofobia, y que los anuncios de Trump conmuevan la conciencia humanitaria ayuda a que persista aquella errada percepción sobre el destino de los migrantes.
  4. De otro lado, no hay que olvidar que un porcentaje no despreciable de los extranjeros residentes en varios países son discriminados en el ejercicio de sus derechos, vulnerabilidad que afecta especialmente a las mujeres y los menores que son también las víctimas predilectas de la trata de personas, delito que sido calificado por el Papa Francisco como “la esclavitud del Siglo XXI”. En este contexto, es necesario convencer a los líderes políticos y a la opinión pública mundial que las migraciones favorecerán más el desarrollo de las naciones en la misma medida que sean respetados los derechos humanos de los y las migrantes.
  5. Enfrentados a gobiernos que aplican políticas migratorias restrictivas, en el ámbito de la academia y de los movimientos de derechos humanos la discusión se centra hoy, como no había ocurrido nunca, en el derecho a migrar. Este se ubica más entre los denominados derechos naturales que en los derechos positivos, debido a que en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos todavía impera el principio de que el Estado es titular de la atribución de decidir quién ingresa o no a su territorio (Artículos 13.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Más aún, todavía en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (no así en el de América) se discute si la concesión de asilo es o no un derecho del perseguido.  Sentada esta gran limitación, la normativa internacional sobre las migraciones, en general, se encuentra, de todos modos, tan ligada a los derechos humanos que se puede afirmar que en el respeto a los derechos humanos encuentra un límite la potestad estatal para regular el trato a los migrantes, incluso irregulares, desde el momento que ingresan al territorio nacional, aunque, está claro, los Estados no están obligados a regularizar la situación de los migrantes irregulares. Mas, pese a esta última acotación, los Estados, de acuerdo al principio de no devolución, no pueden obligar a las personas a regresar a países donde existan motivos fundados para estimar que su vida, su integridad o su libertad corren peligro.
  6. Para poder responder a los desafíos que plantean las migraciones en el mundo globalizado es necesario aceptar la persistente evidencia de que con políticas restrictivas no disminuye la migración. Lo cual no quiere decir que, incluso en la aplicación de políticas migratorias abiertas, es necesario poner el foco en la gobernabilidad de las migraciones y en su sustentabilidad social. Un desafío central de la comunidad internacional consiste en repensar los regímenes de concesión del asilo y de tratamiento a la inmigración irregular, sobre la base del respeto a los derechos humanos.
  7. Para aunar voluntades, es muy importante generar también, en las distintas regiones y a nivel mundial, criterios solidarios de gestión común de las migraciones, que incluyan el aspecto financiero y permitan ofrecer a los migrantes posibilidades de ejercicio homogéneo de sus derechos sociales. En fin, se presenta el desafío, planteado en la Agenda 2030, de planificar la gestión colaborativa de las migraciones a mediano y largo plazo. Desde luego, los avances logrados en la última década en el diálogo global sobre las migraciones impulsado por las Naciones Unidas constituyen un insumo fundamental para cumplir este desafío. Asumirlo en común puede ayudar a responder de mejor forma a la necesidad de la inclusión social y cultural de poblaciones migrantes de diverso origen. No sería posible tener éxito en esta tarea común si no se establecen compromisos claros de respeto a los derechos humanos de los migrantes, particularmente los derechos laborales, sobre la base del principio de igualdad y no discriminación y la lucha sin cuartel a la xenofobia y el racismo.

[1] Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos de MERCOSUR (IPPDH), Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Migración, derechos humanos y política migratoria. Buenos Aires, 2016.

[2] El espacio Schengen es un área que comprende a 26 países europeos que han abolido los controles fronterizos en sus fronteras comunes [N. del E].

Jaime Esponda F.

Asesor jurídico de la Misión en Chile de la Organización Internacional para las Migraciones. Coordinador de los Diplomados de Políticas Públicas Migratorias de la Fundación Henry Dunant para América Latina

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